jueves, 10 de octubre de 2013

APLICACION DEL PLAN BOLONIA EN EL PERU E IBEROAMERICA

PLAN BOLONIA IBEROAMERICANO: ¿ES POSIBLE?

1.    Antecedentes y estructura del Plan Bolonia.

El 19 de Junio de 1999,  en un intento de homogeneizar el sistema universitario Europeo, los ministros de educación de los países integrantes  de la UE firman el Proceso de Bologna1.  Los antecedentes serán detallados a continuación.
Como primer antecedente se encuentra a Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) firmado por las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de  19482, como la primera declaración mundial sobre la igualdad y la dignidad inherentes a todos los seres humanos. El Artículo Nº 26 de la DUDH3, expresa la generalización de la formación superior meritoria a todos los ciudadanos, con la particularidad de ser formativa y promover el desarrollo de la paz entre las naciones.
(…) La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

Así mismo, otro antecedente es la Bologna Magna Charta Universitatum de 19884, de los que se retoman principios como la independencia y autonomía de las universidades para garantizar la educación superior y mecanismos de investigación que sean capaces de adaptarse a los cambios, las demandas sociales y al progreso del conocimiento científico.
También La Declaración de la Sorbona5, el 25 de Mayo de 1998, fue básico para dicho proceso reformista de la educación superior en la UE. En éste se destaca el rol central de las universidades para el desarrollo de las dimensiones culturales de la comunidad europea. Enfatiza la creación de un área Europea de educación superior como clave para promover la movilidad de los estudiantes y favorecer al empleo para el desarrollo del continente en mención.
Otro precedente fue el éxito del Programa Erasmus6, que en inglés son las siglas para European Community Action Scheme for Mobility of University Students ( Esquema de Acción de la Comunidad Europea para la Movilidad de los Estudiantes Universitarios), fue creado en 1987 y era un equivalente al euro académico. Este Programa permite al  estudiante  recibir un acuerdo de formación relativo al programa del periodo de prácticas; este acuerdo debe ser aprobado por la institución de educación superior de origen y la organización de acogida. Luego, dicho periodo de prácticas debe estar cubierto por un convenio de prácticas aprobado por la institución de educación superior de origen, el consorcio de origen (si procede), la institución de acogida y el beneficiario.

Con el Plan Bologna, los ciudadanos europeos habrán de desarrollar competencias necesarias para enfrentar los retos del nuevo milenio, con el conocimiento y valores compartidos, que pertenezcan a un espacio cultural y social comunitario. 
El Proceso de Bologna o el Plan Bologna resalta la importancia de la educación universitaria y la cooperación educativa para el desarrollo armónico y democrático de las sociedades dela UE y países participantes. A continuación se hará una referencia breve  la estructura de dicho Plan.

- La adopción de un sistema legible de créditos y de implementación de grados universitarios, para promover el empleo y la competitividad internacional de los ciudadanos europeos.
- Adopción de un sistema basado en 2 ciclos: pregrado y postgrado. El primero con un mínimo de 3 años; el segundo, que son propiamente el máster y el doctorado.
- El sistema de créditos ECTS ( Sistema Europeo de Transferencia de Créditos) que promueve la movilidad de los alumnos.
-La promoción de la movilidad tanto para los alumnos como maestros proporciona oportunidades de profesionalización docente sin perjudicar sus derechos magisteriales, así como  aprendizajes y experiencias para los alumnos.
- La promoción de la cooperación en la calidad de enseñanza y aprendizaje porque se desarrollan criterios metodológicos que se comparan y comparten entre las instituciones que los integran.
-Programas más integrados e inclusivos que comparten las competencias institucionales, respetando la diversidad de culturas, lenguajes, sistemas educativos nacionales y la autonomía universitaria.
- Este proceso está sujeto a evaluación cada dos años para medir el progreso de los logrado y para re-formular lo necesario.
-Nuevas metodologías docentes, evaluación continua y  enseñanza práctica. Se suprimen las clases magistrales para dar paso a clases más personalizadas con tendencia al uso de las nuevas TICs.
-El aprendizaje permanente: conocimientos, destrezas, competencias, responsabilidad y autonomía.
- Financiación con la finalidad de re-capitalizar la universidad. Se promueven los préstamos universitarios con capitales privados.

2.    Espacio geográfico de aplicación.
Denominado el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES)7  iniciado en 1999 con el proceso de Bolonia, lo integran los 27 países de la UE y otros como Rusia y Turquía como otros países participantes que en total suman 47.
Los únicos países miembros del Consejo de Europa que no se han integrado al EEES son Mónaco y San Marino. Véase a continuación cuáles son estos países miembros.
1999: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia, Suiza.
2001: Croacia, Chipre, Liechtenstein, Turquía
2003: Albania, Andorra, Bosnia, Herzegovina, Rusia, Santa Sede, Serbia, República de Macedonia.
2005: Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Moldavia, Ucrania
2007: Montenegro
2010: Kazajistán

3.    Ventajas y desventajas.
VENTAJAS
DESVENTAJAS
1. Cambio en la dinámica de enseñanza-aprendizaje: Supresión de las clases magistrales, y enfoque  más práctico de la enseñanza.
Clases centradas en el alumno, quienes son protagonistas de sus propios aprendizajes. El catedrático es mediador y modelador del los debates. Se emplean las nuevas tecnologías para la construcción de conocimientos.
Menos alumnos por clase. De 20 a 25 máximo. Lo que permite una enseñanza más personalizada, la participación más activa, fomenta la capacidad argumentativa de los estudiantes a través del debate, que se informen previamente para ello.
El enfoque práctico favorece el acceso del alumno a la vida laboral y su inserción más rápida en ella.
Con el cambio de las clases magistrales a más personalizadas y de enfoque más práctico,  existe el riesgo de perder la transmisión valiosa de la sabiduría de algunos catedráticos en materia teórica e incluso de experiencia profesional.
Por lo tanto, el alumno puede tener una formación muy básica y poco especializada debido a que los temas se podrían abordar superficialmente pues son menos horas de clase y más de estudio.
2. Cambios en el sistema de títulos y créditos académicos. Son 3 ciclos en el sistema de titulación: Estudios de Grado, Estudios de Máster, Estudios de Doctorado.
Reconocimiento de los títulos en Europa con lo cual se acaban los problemas de compatibilidad de títulos académicos en los países extranjeros de la comunidad.
Los estudios de grado se pueden obtener en menos de 4 años. Luego los alumnos pueden seguir sus estudios de postgrado: máster y doctorado, que deberán financiarse habiendo iniciado su vida laboral. Esto representa una oportunidad de crecimiento personal y profesional en autonomía y responsabilidad. Además considero que el subsidio universitario es pertinente hasta que el alumno logra desarrollar las capacidades necesarias para salir adelante solo. Esto me parece justo.
Además, gracias a este sistema, el alumno puede cambiar de titulación de la misma rama de conocimiento, convalidad cursos y reconociéndosele los créditos académicos, para que no haya cursado en vano.
Al reducirse las carreras a cuatro años (Grado de Bachiller) que gozan de la subvención estatal, los alumnos se ven en la obligación de financiarse el postgrado (licenciarse), a opinión de muchos, esto pone al relieve la desigualdad en la educación, porque al no contar con la economía necesaria para pagar sus postgrados, la universidad corre el riesgo de convertirse en un lugar elitista, reservado para los alumnos cuyos padres sí puedan pagar sus estudios durante los años consecutivos.

3. El cambio en el sistema de evaluación: La evaluación permanente y la obligatoriedad de la asistencia- solo se permite un 20% de inasistencia a clases
Con el sistema de evaluación permanente ya no se toma en cuenta el examen final como factor decisivo para aprobar un curso, sino todo el proceso. Por ello más que una obligación de los alumnos asistir a clases es una oportunidad para que demuestren responsabilidad y constancia en sus estudios.
Con  presencia constante del alumnado, aprovecharían al máximo sus aprendizajes, se terminaría con la pasividad del alumnado y se asegura que aprueben el curso a primera para que no tengan que arrastrar asignaturas.
El problema aquí radica en la naturaleza de la carrera y la carga de los estudios versus las horas de trabajo. Muchos alumnos de postgrado deben trabajar para pagarse los estudios y asistir a clases.  En la realidad, a muchos se les hace complicado trabajar y estudiar debido a la carga de trabajo y de estudios, que dependen de la carrera elegida. Además, es importante resaltar la escasez de empleos debido a la crisis internacional sobre todo en España, Italia y Grecia y que muchas de estas prácticas no son remuneradas y ocupan entre 150 y 300 horas de trabajo.
  Lo ideal es que las empresa privadas que contratan a los alumnos universitarios hagan convenios laborales con las universidades o que sean más considerados con la realidad del alumno trabajador.


Opinión: Frente a este problema, es importante que el alumno universitario de la UE se organice y aprenda a priorizar. Primero debe acabar sus estudios de postgrado ( si es lo decidido),  y no saturarse en el trabajo. El éxito en los estudios depende del orden y la disciplina. Sin embargo, considero que la asistencia a clases no debe ser obligatoria, es un sentido  vertical,  porque si la evaluación es permanente entonces el alumno es consciente que debe asistir a clases porque representa una oportunidad de aprendizaje necesaria para su perfeccionamiento.  Erradicado el sentido de obligatoriedad, el alumno haría uso de su libertad de elección. Pero, ¿ cuántos de ellos están preparados para elegir y procurarse el bien?
4. La Financiación Privada y las becas-préstamo
Las becas-préstamo de los alumnos de postgrado, son devueltas al final de la carrera, empezada al vida laboral. A mi opinión, me parece justo porque el subsidio cumple su ciclo cuando el alumno posee las habilidades intelectuales y prácticas para salir adelante, que es al término de sus estudios.
Existe el riesgo de que la financiación de la empresa privada sea detrimento de la enseñanza pública y del derecho a la educación. Esto porque el capital privado que subsidia a las universidades, a corto o mediano plazo pueden vulnerarlas, es decir, que éstas queden al servicio de los intereses particulares de dichas empresas.
Con la finalidad que esto sea transparente, los estados de la UE deben brindar las leyes pertinentes para que no haya ningún tipo de corrupción.
5. El Sistema Europeo de Transferencia de Créditos y la movilidad del alumnado universitario
Los créditos de ECTS (Sistema Europeo de Transferencia de Créditos) corresponden a las horas de trabajo académico. Se reconocen las horas no lectivas que los alumnos invierten en sus aprendizajes.
Estos créditos favorecen la movilidad de los alumnos en Europa ya que se homologan los diferentes títulos universitarios en todos los países de la EEES.  Ello enriquece la experiencia académica, cultural y la cooperación para una educación de calidad en la sociedad el conocimiento.

Con los créditos ECTS, las horas lectivas aumentan a un total de 40 horas semanales dedicadas a estudios académicos. Se reduce el tiempo para las actividades propias del trabajo y entre otras extracurriculares.

4.    Posibilidad de incluir en el sistema educativo peruano un Plan educativo con similares características.
Para poder responder esta pregunta es necesario conocer las características de la realidad educativa peruana, la estructura del sistema educativo universitario en el Perú8 y la legislación que rige para dicho sistema.

El Perú es un país de diversidad plurimulticultural en vías de desarrollo. En materia de legislación educativa, ello constituye un reto debido a las desigualdades sociales, culturales, económicas, por la diversidad étnica, lingüística,  demográfica, etc. Atendiendo a ello,  la Ley General de Educación o Ley 280449 tiene la propiedad de ser una ley flexible e integradora (artículo 25) a las características de la realidad educativa, sin dejar de  promover la equidad, la inclusión, la calidad, la democracia, y la interculturalidad.
Según el artículo 11 de la Ley General de Educación, el Perú es un estado de articulación intersectorial con el sector privado, cuyo sistema educativo es descentralizado y de participación activa de la comunidad educativa. Por ello, (…)las autoridades correspondientes movilizan sus recursos y favorecen la autonomía, la innovación, el funcionamiento democrático y el fortalecimiento de las instituciones educativas. Pueden celebrar convenios para desarrollar las acciones enumeradas en el presente Título.
Las universidades en el Perú son autónomas, es decir no dependen del gobierno central; sin embargo, este garantiza su independencia en relación a los poderes públicos y en la toma de decisiones que  a éstas conciernen.  El estado por tanto, tiene la responsabilidad de normar, coordinar y exigir la calidad a la Asamblea Nacional de Rectores, tal como queda establecido en la Ley General de Educación, ley 28044, artículo 50, “ (…) las instituciones  que imparten Educación Superior establecen entre sí mecanismos de coordinación que les permitan la subsanación y convalidación de estudios” y el artículo 51, “Las instituciones universitarias, así como los institutos, escuelas y centros que imparten Educación Superior pueden ser públicos o privados y se rigen por ley específica”- esta última es materia de controversia que se discutirá más adelante.
En Lima existen 31 universidades institucionalizadas, es decir reconocidas y que pueden emitir títulos y grados, de las cuales 7 son nacionales y 24 son privadas. En provincia existen 47 universidades, 24 nacionales y 23 son privadas.
Los recursos que manejan las universidades públicas provienen de fuentes públicas ( el tesoro público,  aportes del canon, sobrecanon- éstos aprobados por la comisión de Presupuesto del Congreso, donaciones de empresas privadas, aranceles de pregrado y postgrado, recursos directamente recaudados,  financiamiento de proyectos por parte los gobiernos regionales, Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP para el desarrollo de la región y/o por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología).  Lamentablemente, el progreso científico alcanzados por las universidades públicas puede verse disminuido debido al escaso presupuesto asignado, a la burocracia en materia de financiación de proyectos de investigación, la corrupción enquistada en los diversos ministerios que alejan el capital privado de inversión, etc.
Otra es el panorama en las universidades privadas. Sus recursos provienen de la recaudación directa del alumnado y/o las empresas privadas como establece el artículo 72 de la Ley 22044, inciso b, que  las instituciones privadas “ organizan y conducen su gestión administrativa y económica-financiera, estableciendo sus regímenes: económico, de pensiones, y de personal docente y administrativo”. Éstas se encuentran organizadas, tal como contempla la ley universitaria: en una Asamblea Universitaria, un Consejo Universitario, el Rectorado , Decanato y el Consejo Estudiantil de cada Facultad.
Contamos con organismos que velan por la calidad de la educación universitaria. Los organismos oficiales que velan por la calidad educativa universitaria son : El Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) y el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU), http://coneau.gob.pe.
Según la carrera, el acumulado de créditos académicos suman 200 al final de la carrera  (de pregrado) aproximadamente.  Son dos semestres al año de estudios, por lo que el alumno universitario concluirá su carrera en un periodo de cinco a seis años, dependiendo de la naturaleza de la ésta.
Enhorabuena, contando con un espectro más claro sobre la realidad del sistema educativo universitario del Perú, se procederá responder al problema planteado: La aplicación de un programa de similares características al programa PLAN BOLOÑA en el Perú.
Las universidades de la UE son públicas y dependen de la financiación directa de sus gobiernos. Ellos crearon este plan Boloña debido a la crisis y la pérdida de poder político y económico de la UE. Se vieron en la necesidad de recurrir al capital privado para subsistir en el mercado competitivo. Por ello, la subvención estatal cubre los estudios hasta el pregrado, luego el privado a modo de préstamo, los estudios de postgrado.

Rescatando las características del Plan Boloña, sí, se podría implementar un programa diversificado dada la naturaleza integradora y flexible de nuestra legislación educativa.
Este podría ser un programa de integración que atienda a las necesidades educativas de todos los peruanos en el contexto de la educación estandarizada internacional o iberoamericana, que promueva el compartir de experiencias, la investigación científica, el intercambio cultural, que represente una oportunidad para mejorar la calidad educativa en un ámbito de respeto a la diversidad cultural y la tolerancia.

Hemos visto, que el sistema de educación universitario peruano es tan diverso como lo es la realidad educativa del Perú. Hay universidades públicas y privadas que acatan una serie de normas y lineamientos; y el papel del estado es descentralizado. Sin embargo, hay una serie de asuntos legislativos por resolver antes de la aplicación de un programa similar.
El artículo 51, ( que se mencionó anteriormente) es de imprecisión constitucional y legal, porque no aclara en qué medida el estado es capaz de impulsar el desarrollo profesional, ello implicaría una restructuración de los fondos públicos para la educación superior. No se cuenta con el suficiente dinero fiscal para cubrir el 85% de la educación peruana, que es pública  a pesar de que el artículo 88 reitera las exoneraciones y beneficios tributarios en el sector educativo así como  para la importación de bienes educativos. Este artículo necesita ser revisado y reformulado.
El artículo 50, también debe de someterse al análisis crítico puesto que la articulación entre universidades tampoco es específica.  Al ser la universidades autónomas, tienen la potestad de establecen entre sí mecanismos de coordinación que les permitan la subsanación y convalidación de estudios. En palabras cristianas, cuando un estudiante quiere cambiarse de carrera, muchas veces las universidades no reconocen los créditos académicos de otras universidades por lo que las convalidaciones son engorrosas, burocráticas y ,muchas veces, muy costosas. Por ello, es preciso normar esto como en el Plan Boloña, que sí cuenta con una estructura articulada para favorecer a los alumnos.
Otro aspecto, es la poca claridad sobre el financiamiento de los estudios universitarios. El Plan Boloña  cuenta con un sistema de crédito-préstamo que favorece la movilidad de los estudiantes universitarios. No creo, honestamente, que se logre un Sistema  Iberoamericano de Transferencia de Créditos  que permita la movilidad de los estudiantes universitarios debido a las condiciones educativas actuales, la falta de interés de las autoridades, bajos presupuestos y recursos destinados al sector educación. Estamos saliendo la emergencia educativa como país, entre otras demandas sociales que debemos superar primero. A pesar de que hay organismos como el Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana (FONDEP)o el PRONABEC, la OBEC, que pertenecen al MINEDU y que hay programas de Subsidio como el de BECA 18, aún son muchas las dificultades que deben superar los alumnos universitarios de menos recursos económicos. A esto hay que agregar la siguiente situación: el país apuesta por los jóvenes y les subvenciona los estudios en el extranjeros a través de becas, pero muchos de ello no regresan, lo  cual es un gasto para el estado, gasto que sale de los bolsillos de todos los peruanos.
Por eso, creo que si se promueven las becas de estudio debe estar estipulado en la legislación que a modo de préstamo-crédito. Es decir, que los alumnos tienen la OBLIGACION de devolverle al Perú aquello que se les prestó. Espero que esto sea un proyecto de ley, pronto.
Debido a todo ello, no podría ser un programa igual al Plan Boloña, que pretenda homegeneizar las currículas universitarias debido a las características y estructuras particulares de cada uno de los sistemas educativos de cada país iberoamericano (tomando en cuenta la perspectiva comunitaria); no obstante sí se podrían hacer alianzas estratégicas de las universidades privadas y públicas respetando su autonomía y las modalidades de estudio (presenciales y privadas) para promover la integración y el compartir de experiencias.  Este es el sueño que inspiró a las Redes Iberoamericanas de Universidades de Investigación (RIDUP) 10  y a Universia. Hoy son 5 las universidades peruanas Privadas que pertenecen al RIDUP. Estas son la Pontificia Universidad Católica del Perú, La Universidad Ricardo Palma, La Universidad de Piura, La Universidad Católica de Santa María y la Universidad  Peruana Cayetano Heredia, que se anexan a otras 60 universidades de la región iberoamericana que han establecido estándares para la calidad educativa con el fin de promover la cooperación, la investigación, y la promoción de programas de postgrado.
Finalmente, debo agregar que como estudiantes universitarios de países iberoamericanos unidos por un pasado y un presente similares, y ante un mundo globalizado y competitivo, nuestros gobiernos deberían  aunar esfuerzos para establecer criterios y estándares de calidad educativa universitaria, promover programas para la cooperación, la investigación científica y el desarrollo de modo articulado,  tomando como ejemplo las fortalezas del Plan Boloña en nuestro contexto así como las debilidades para superar los errores propios de nuestros sistemas educativos.  
WEBOGRAFIA

1.  The Bologna Declaration of 19 June 1999. Joint Declaration of the European Ministers of Education. www.bologna-bergen2005.no/Docs/00-Main_doc/990719BOLOGNA_DECLARATION.PDF

2. Declaración Universal de los derechos Humanos-antecedentes. http://www.un.org/es/documents/udhr/history.shtml

3. Artículo 26 de la DUDH http://www.ichrp.org/es/articulo_26_dudh

4. Bologna Magna Charta Univertitatum http://en.wikipedia.org/wiki/Magna_Charta_Universitatum

5. La Declaración de la Sorbona http://www.ond.vlaanderen.be/hogeronderwijs/bologna/links/language/1998_Sorbonne_Declaration_Spanish.pdf

6. Programa Erasmus. http://www.programaerasmus.com

7. Bologna for Pedestrians. The Council of Europe Internet Portal DG: Educación y Cultura de la Comisión Europea. “Características principales de los ECTS” Archivado desde el [original] el 21 de diciembre del 2007 en www.wikipedia.org/wiki/Espacio_Europeo_de_Educación_Superior

8. Estructura del Sistema Educativo Universitario

9. LEY GENERAL DE EDUCACION, LEY Nº 28044, Concordancias: R.M. Nº0853-2003-ED, Directiva Nº 088-2003-VMG1, Directiva Nº 94-2003-VMG1, República del Perú.


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