1.
Antecedentes y estructura del Plan Bolonia.
El 19 de Junio de 1999, en un intento de homogeneizar el sistema
universitario Europeo, los ministros de educación de los países integrantes de la UE firman el Proceso de Bologna1.
Los antecedentes serán detallados a
continuación.
Como primer antecedente se encuentra a
Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) firmado por las Naciones Unidas
el 10 de Diciembre de 19482, como
la primera declaración mundial sobre la igualdad y la dignidad inherentes a
todos los seres humanos. El Artículo Nº 26 de la DUDH3, expresa la
generalización de la formación superior meritoria a todos los ciudadanos, con
la particularidad de ser formativa y promover el desarrollo de la paz entre las
naciones.
(…) La instrucción técnica
y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores
será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educación tendrá por objeto
el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto
a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la
comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los
grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de
las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Así mismo, otro antecedente es la Bologna Magna Charta Universitatum de 19884,
de los que se retoman principios como la independencia y autonomía de las
universidades para garantizar la educación superior y mecanismos de
investigación que sean capaces de adaptarse a los cambios, las demandas
sociales y al progreso del conocimiento científico.
También La Declaración de la Sorbona5, el
25 de Mayo de 1998, fue básico para dicho proceso reformista de la educación
superior en la UE. En éste se destaca el rol central de las universidades para
el desarrollo de las dimensiones culturales de la comunidad europea. Enfatiza
la creación de un área Europea de educación superior como clave para promover
la movilidad de los estudiantes y favorecer al empleo para el desarrollo del
continente en mención.
Otro precedente fue el éxito del Programa Erasmus6,
que en inglés son las siglas para European Community Action Scheme for Mobility
of University Students ( Esquema de Acción de la Comunidad Europea para la
Movilidad de los Estudiantes Universitarios), fue creado en 1987 y era un
equivalente al euro académico. Este Programa permite al estudiante recibir un acuerdo de formación relativo al
programa del periodo de prácticas; este acuerdo debe ser aprobado por la
institución de educación superior de origen y la organización de acogida.
Luego, dicho periodo de prácticas debe estar cubierto por un convenio de
prácticas aprobado por la institución de educación superior de origen, el
consorcio de origen (si procede), la institución de acogida y
el beneficiario.
Con el Plan Bologna, los ciudadanos europeos habrán
de desarrollar competencias necesarias para enfrentar los retos del nuevo
milenio, con el conocimiento y valores compartidos, que pertenezcan a un
espacio cultural y social comunitario.
El Proceso de Bologna o el Plan Bologna resalta la
importancia de la educación universitaria y la cooperación educativa para el
desarrollo armónico y democrático de las sociedades dela UE y países
participantes. A continuación se hará una referencia breve la estructura de dicho Plan.
- La adopción de un sistema legible de créditos y de
implementación de grados universitarios, para promover el empleo y la
competitividad internacional de los ciudadanos europeos.
- Adopción de un sistema basado en 2 ciclos: pregrado
y postgrado. El primero con un mínimo de 3 años; el segundo, que son
propiamente el máster y el doctorado.
- El sistema de créditos ECTS ( Sistema Europeo de
Transferencia de Créditos) que promueve la movilidad de los alumnos.
-La promoción de la movilidad tanto para los alumnos
como maestros proporciona oportunidades de profesionalización docente sin
perjudicar sus derechos magisteriales, así como
aprendizajes y experiencias para los alumnos.
- La promoción de la cooperación en la calidad de
enseñanza y aprendizaje porque se desarrollan criterios metodológicos que se
comparan y comparten entre las instituciones que los integran.
-Programas más integrados e inclusivos que comparten
las competencias institucionales, respetando la diversidad de culturas,
lenguajes, sistemas educativos nacionales y la autonomía universitaria.
- Este proceso está sujeto a evaluación cada dos años
para medir el progreso de los logrado y para re-formular lo necesario.
-Nuevas metodologías
docentes, evaluación continua y
enseñanza práctica. Se suprimen las clases magistrales para dar paso a
clases más personalizadas con tendencia al uso de las nuevas TICs.
-El aprendizaje
permanente: conocimientos, destrezas, competencias, responsabilidad y
autonomía.
- Financiación con la
finalidad de re-capitalizar la universidad. Se promueven los préstamos
universitarios con capitales privados.
2.
Espacio geográfico de aplicación.
Denominado el Espacio
Europeo de Educación Superior (EEES)7
iniciado en 1999 con el proceso de Bolonia, lo integran los 27
países de la UE y otros como Rusia y Turquía como otros países participantes
que en total suman 47.
Los únicos países miembros
del Consejo de Europa que no se han integrado al EEES son Mónaco y San Marino.
Véase a continuación cuáles son estos países miembros.
1999: Alemania, Austria,
Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia,
Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia,
Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino
Unido, República Checa, Rumania, Suecia, Suiza.
2001: Croacia, Chipre,
Liechtenstein, Turquía
2003: Albania, Andorra,
Bosnia, Herzegovina, Rusia, Santa Sede, Serbia, República de Macedonia.
2005: Armenia,
Azerbaiyán, Georgia, Moldavia, Ucrania
2007: Montenegro
2010: Kazajistán
3.
Ventajas y desventajas.
VENTAJAS
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DESVENTAJAS
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1. Cambio en la dinámica de
enseñanza-aprendizaje: Supresión de las clases magistrales, y enfoque más práctico de la enseñanza.
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Clases centradas en el
alumno, quienes son protagonistas de sus propios aprendizajes. El catedrático
es mediador y modelador del los debates. Se emplean las nuevas tecnologías
para la construcción de conocimientos.
Menos alumnos por
clase. De 20 a 25 máximo. Lo que permite una enseñanza más personalizada, la
participación más activa, fomenta la capacidad argumentativa de los
estudiantes a través del debate, que se informen previamente para ello.
El enfoque práctico
favorece el acceso del alumno a la vida laboral y su inserción más rápida en
ella.
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Con el cambio de las
clases magistrales a más personalizadas y de enfoque más práctico, existe el riesgo de perder la transmisión
valiosa de la sabiduría de algunos catedráticos en materia teórica e incluso
de experiencia profesional.
Por lo tanto, el
alumno puede tener una formación muy básica y poco especializada debido a que
los temas se podrían abordar superficialmente pues son menos horas de clase y
más de estudio.
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2. Cambios en el sistema de títulos y créditos
académicos. Son 3 ciclos en el sistema de titulación: Estudios de Grado,
Estudios de Máster, Estudios de Doctorado.
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Reconocimiento de los
títulos en Europa con lo cual se acaban los problemas de compatibilidad de
títulos académicos en los países extranjeros de la comunidad.
Los estudios de grado
se pueden obtener en menos de 4 años. Luego los alumnos pueden seguir sus
estudios de postgrado: máster y doctorado, que deberán financiarse habiendo
iniciado su vida laboral. Esto representa una oportunidad de crecimiento
personal y profesional en autonomía y responsabilidad. Además considero que
el subsidio universitario es pertinente hasta que el alumno logra desarrollar
las capacidades necesarias para salir adelante solo. Esto me parece justo.
Además, gracias a este
sistema, el alumno puede cambiar de titulación de la misma rama de
conocimiento, convalidad cursos y reconociéndosele los créditos académicos,
para que no haya cursado en vano.
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Al reducirse las
carreras a cuatro años (Grado de Bachiller) que gozan de la subvención
estatal, los alumnos se ven en la obligación de financiarse el postgrado
(licenciarse), a opinión de muchos, esto pone al relieve la desigualdad en la
educación, porque al no contar con la economía necesaria para pagar sus
postgrados, la universidad corre el riesgo de convertirse en un lugar
elitista, reservado para los alumnos cuyos padres sí puedan pagar sus
estudios durante los años consecutivos.
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3. El cambio en el sistema de evaluación: La
evaluación permanente y la obligatoriedad de la asistencia- solo se permite
un 20% de inasistencia a clases
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Con el sistema de
evaluación permanente ya no se toma en cuenta el examen final como factor
decisivo para aprobar un curso, sino todo el proceso. Por ello más que una
obligación de los alumnos asistir a clases es una oportunidad para que
demuestren responsabilidad y constancia en sus estudios.
Con presencia constante del alumnado, aprovecharían
al máximo sus aprendizajes, se terminaría con la pasividad del alumnado y se
asegura que aprueben el curso a primera para que no tengan que arrastrar
asignaturas.
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El problema aquí
radica en la naturaleza de la carrera y la carga de los estudios versus las
horas de trabajo. Muchos alumnos de postgrado deben trabajar para pagarse los
estudios y asistir a clases. En la
realidad, a muchos se les hace complicado trabajar y estudiar debido a la
carga de trabajo y de estudios, que dependen de la carrera elegida. Además,
es importante resaltar la escasez de empleos debido a la crisis internacional
sobre todo en España, Italia y Grecia y que muchas de estas prácticas no son
remuneradas y ocupan entre 150 y 300 horas de trabajo.
Lo
ideal es que las empresa privadas que contratan a los alumnos universitarios
hagan convenios laborales con las universidades o que sean más considerados
con la realidad del alumno trabajador.
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Opinión: Frente a este
problema, es importante que el alumno universitario de la UE se organice y
aprenda a priorizar. Primero debe acabar sus estudios de postgrado ( si es lo
decidido), y no saturarse en el
trabajo. El éxito en los estudios depende del orden y la disciplina. Sin
embargo, considero que la asistencia a clases no debe ser obligatoria, es un
sentido vertical, porque si la evaluación es permanente
entonces el alumno es consciente que debe asistir a clases porque representa
una oportunidad de aprendizaje necesaria para su perfeccionamiento. Erradicado el sentido de obligatoriedad, el
alumno haría uso de su libertad de elección. Pero, ¿ cuántos de ellos están
preparados para elegir y procurarse el bien?
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4. La Financiación Privada y las becas-préstamo
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Las becas-préstamo de
los alumnos de postgrado, son devueltas al final de la carrera, empezada al
vida laboral. A mi opinión, me parece justo porque el subsidio cumple su
ciclo cuando el alumno posee las habilidades intelectuales y prácticas para
salir adelante, que es al término de sus estudios.
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Existe el riesgo de
que la financiación de la empresa privada sea detrimento de la enseñanza
pública y del derecho a la educación. Esto porque el capital privado que
subsidia a las universidades, a corto o mediano plazo pueden vulnerarlas, es
decir, que éstas queden al servicio de los intereses particulares de dichas empresas.
Con la finalidad que
esto sea transparente, los estados de la UE deben brindar las leyes
pertinentes para que no haya ningún tipo de corrupción.
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5. El Sistema Europeo de Transferencia de
Créditos y la movilidad del alumnado universitario
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Los créditos de ECTS
(Sistema Europeo de Transferencia de Créditos) corresponden a las horas de
trabajo académico. Se reconocen las horas no lectivas que los alumnos
invierten en sus aprendizajes.
Estos créditos
favorecen la movilidad de los alumnos en Europa ya que se homologan los
diferentes títulos universitarios en todos los países de la EEES. Ello enriquece la experiencia académica,
cultural y la cooperación para una educación de calidad en la sociedad el
conocimiento.
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Con los créditos ECTS,
las horas lectivas aumentan a un total de 40 horas semanales dedicadas a
estudios académicos. Se reduce el tiempo para las actividades propias del
trabajo y entre otras extracurriculares.
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4.
Posibilidad de incluir en el sistema educativo
peruano un Plan educativo con similares características.
Para poder responder
esta pregunta es necesario conocer las características de la realidad educativa
peruana, la estructura del sistema educativo universitario en el Perú8
y la legislación que rige para dicho sistema.
El Perú es un país de
diversidad plurimulticultural en vías de desarrollo. En materia de legislación
educativa, ello constituye un reto debido a las desigualdades sociales,
culturales, económicas, por la diversidad étnica, lingüística, demográfica, etc. Atendiendo a ello, la Ley General de Educación o Ley 280449
tiene la propiedad de ser una ley flexible e integradora (artículo 25) a las
características de la realidad educativa, sin dejar de promover la equidad, la inclusión, la
calidad, la democracia, y la interculturalidad.
Según el artículo 11 de
la Ley General de Educación, el Perú es un estado de articulación
intersectorial con el sector privado, cuyo sistema educativo es descentralizado
y de participación activa de la comunidad educativa. Por ello, (…)las autoridades correspondientes
movilizan sus recursos y favorecen la autonomía, la innovación, el
funcionamiento democrático y el fortalecimiento de las instituciones
educativas. Pueden celebrar convenios para desarrollar las acciones enumeradas
en el presente Título.
Las universidades en el
Perú son autónomas, es decir no dependen del gobierno central; sin embargo,
este garantiza su independencia en relación a los poderes públicos y en la toma
de decisiones que a éstas
conciernen. El estado por tanto, tiene
la responsabilidad de normar, coordinar y exigir la calidad a la Asamblea
Nacional de Rectores, tal como queda establecido en la Ley General de
Educación, ley 28044, artículo 50, “ (…) las instituciones que imparten Educación Superior establecen
entre sí mecanismos de coordinación que les permitan la subsanación y
convalidación de estudios” y el artículo 51, “Las instituciones universitarias,
así como los institutos, escuelas y centros que imparten Educación Superior
pueden ser públicos o privados y se rigen por ley específica”- esta última es
materia de controversia que se discutirá más adelante.
En Lima existen 31
universidades institucionalizadas, es decir reconocidas y que pueden emitir
títulos y grados, de las cuales 7 son nacionales y 24 son privadas. En provincia
existen 47 universidades, 24 nacionales y 23 son privadas.
Los recursos que manejan
las universidades públicas provienen de fuentes públicas ( el tesoro público, aportes del canon, sobrecanon- éstos aprobados
por la comisión de Presupuesto del Congreso, donaciones de empresas privadas,
aranceles de pregrado y postgrado, recursos directamente recaudados, financiamiento de proyectos por parte los
gobiernos regionales, Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP para el
desarrollo de la región y/o por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología). Lamentablemente, el progreso científico
alcanzados por las universidades públicas puede verse disminuido debido al escaso presupuesto asignado, a la burocracia en materia de
financiación de proyectos de investigación, la corrupción enquistada en los
diversos ministerios que alejan el capital privado de inversión, etc.
Otra es el panorama en
las universidades privadas. Sus recursos provienen de la recaudación directa
del alumnado y/o las empresas privadas como establece el artículo 72 de la Ley
22044, inciso b, que las instituciones
privadas “ organizan y conducen su gestión administrativa y
económica-financiera, estableciendo sus regímenes: económico, de pensiones, y
de personal docente y administrativo”. Éstas se encuentran organizadas, tal
como contempla la ley universitaria: en una Asamblea Universitaria, un Consejo
Universitario, el Rectorado , Decanato y el Consejo Estudiantil de cada
Facultad.
Contamos con organismos
que velan por la calidad de la educación universitaria. Los organismos
oficiales que velan por la calidad educativa universitaria son : El Consejo
Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) y el
Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la
Educación Superior Universitaria (CONEAU), http://coneau.gob.pe.
Según la carrera, el
acumulado de créditos académicos suman 200 al final de la carrera (de pregrado) aproximadamente. Son dos semestres al año de estudios, por lo
que el alumno universitario concluirá su carrera en un periodo de cinco a seis
años, dependiendo de la naturaleza de la ésta.
Enhorabuena, contando
con un espectro más claro sobre la realidad del sistema educativo universitario
del Perú, se procederá responder al problema planteado: La aplicación de un programa de similares características al programa
PLAN BOLOÑA en el Perú.
Las universidades de la
UE son públicas y dependen de la financiación directa de sus gobiernos. Ellos
crearon este plan Boloña debido a la crisis y la pérdida de poder político y
económico de la UE. Se vieron en la necesidad de recurrir al capital privado
para subsistir en el mercado competitivo. Por ello, la subvención estatal cubre
los estudios hasta el pregrado, luego el privado a modo de préstamo, los
estudios de postgrado.
Rescatando las
características del Plan Boloña, sí, se podría implementar un programa
diversificado dada la naturaleza integradora y flexible de nuestra legislación
educativa.
Este podría ser un
programa de integración que atienda a las necesidades educativas de todos los
peruanos en el contexto de la educación estandarizada internacional o
iberoamericana, que promueva el compartir de experiencias, la investigación
científica, el intercambio cultural, que represente una oportunidad para
mejorar la calidad educativa en un ámbito de respeto a la diversidad cultural y
la tolerancia.
Hemos visto, que el
sistema de educación universitario peruano es tan diverso como lo es la
realidad educativa del Perú. Hay universidades públicas y privadas que acatan
una serie de normas y lineamientos; y el papel del estado es descentralizado. Sin
embargo, hay una serie de asuntos legislativos por resolver antes de la
aplicación de un programa similar.
El artículo 51, ( que se
mencionó anteriormente) es de imprecisión constitucional y legal, porque no
aclara en qué medida el estado es capaz de impulsar el desarrollo profesional,
ello implicaría una restructuración de los fondos públicos para la educación
superior. No se cuenta con el suficiente dinero fiscal para cubrir el 85% de la
educación peruana, que es pública a
pesar de que el artículo 88 reitera las exoneraciones y beneficios tributarios
en el sector educativo así como para la
importación de bienes educativos. Este artículo necesita ser revisado y
reformulado.
El artículo 50, también
debe de someterse al análisis crítico puesto que la articulación entre
universidades tampoco es específica. Al
ser la universidades autónomas, tienen la potestad de establecen entre sí
mecanismos de coordinación que les permitan la subsanación y convalidación de
estudios. En palabras cristianas, cuando un estudiante quiere cambiarse de
carrera, muchas veces las universidades no reconocen los créditos académicos de
otras universidades por lo que las convalidaciones son engorrosas, burocráticas
y ,muchas veces, muy costosas. Por ello, es preciso normar esto como en el Plan
Boloña, que sí cuenta con una estructura articulada para favorecer a los
alumnos.
Otro aspecto, es la poca
claridad sobre el financiamiento de los estudios universitarios. El Plan
Boloña cuenta con un sistema de
crédito-préstamo que favorece la movilidad de los estudiantes universitarios.
No creo, honestamente, que se logre un Sistema
Iberoamericano de Transferencia de Créditos que permita la movilidad de los estudiantes
universitarios debido a las condiciones educativas actuales, la falta de
interés de las autoridades, bajos presupuestos y recursos destinados al sector
educación. Estamos saliendo la emergencia educativa como país, entre otras
demandas sociales que debemos superar primero. A pesar de que hay organismos
como el Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana (FONDEP)o el
PRONABEC, la OBEC, que pertenecen al MINEDU y que hay programas de Subsidio
como el de BECA 18, aún son muchas las dificultades que deben superar los
alumnos universitarios de menos recursos económicos. A esto hay que agregar la
siguiente situación: el país apuesta por los jóvenes y les subvenciona los
estudios en el extranjeros a través de becas, pero muchos de ello no regresan,
lo cual es un gasto para el estado,
gasto que sale de los bolsillos de todos los peruanos.
Por eso, creo que si se
promueven las becas de estudio debe estar estipulado en la legislación que a
modo de préstamo-crédito. Es decir, que los alumnos tienen la OBLIGACION de
devolverle al Perú aquello que se les prestó. Espero que esto sea un proyecto
de ley, pronto.
Debido a todo ello, no
podría ser un programa igual al Plan Boloña, que pretenda homegeneizar las
currículas universitarias debido a las características y estructuras
particulares de cada uno de los sistemas educativos de cada país iberoamericano
(tomando en cuenta la perspectiva comunitaria); no obstante sí se podrían hacer
alianzas estratégicas de las universidades privadas y públicas respetando su
autonomía y las modalidades de estudio (presenciales y privadas) para promover
la integración y el compartir de experiencias.
Este es el sueño que inspiró a las Redes Iberoamericanas de
Universidades de Investigación (RIDUP) 10 y a Universia. Hoy son 5 las universidades
peruanas Privadas que pertenecen al RIDUP. Estas son la Pontificia Universidad
Católica del Perú, La Universidad Ricardo Palma, La Universidad de Piura, La
Universidad Católica de Santa María y la Universidad Peruana Cayetano Heredia, que se anexan a
otras 60 universidades de la región iberoamericana que han establecido
estándares para la calidad educativa con el fin de promover la cooperación, la
investigación, y la promoción de programas de postgrado.
Finalmente, debo agregar
que como estudiantes universitarios de países iberoamericanos unidos por un
pasado y un presente similares, y ante un mundo globalizado y competitivo,
nuestros gobiernos deberían aunar
esfuerzos para establecer criterios y estándares de calidad educativa
universitaria, promover programas para la cooperación, la investigación
científica y el desarrollo de modo articulado,
tomando como ejemplo las fortalezas del Plan Boloña en nuestro contexto
así como las debilidades para superar los errores propios de nuestros sistemas
educativos.
WEBOGRAFIA
1.
The Bologna Declaration of 19 June 1999. Joint
Declaration of the European Ministers of Education. www.bologna-bergen2005.no/Docs/00-Main_doc/990719BOLOGNA_DECLARATION.PDF
2. Declaración Universal de los derechos
Humanos-antecedentes. http://www.un.org/es/documents/udhr/history.shtml
5. La Declaración de la Sorbona http://www.ond.vlaanderen.be/hogeronderwijs/bologna/links/language/1998_Sorbonne_Declaration_Spanish.pdf
6. Programa Erasmus. http://www.programaerasmus.com
7. Bologna for Pedestrians. The Council of Europe Internet Portal DG:
Educación y Cultura de la Comisión Europea. “Características principales de los
ECTS” Archivado desde el [original] el 21 de diciembre del 2007 en www.wikipedia.org/wiki/Espacio_Europeo_de_Educación_Superior
8. Estructura del Sistema Educativo Universitario
9. LEY GENERAL DE EDUCACION, LEY Nº 28044, Concordancias: R.M. Nº0853-2003-ED,
Directiva Nº 088-2003-VMG1, Directiva Nº 94-2003-VMG1, República del Perú.
10. La RIDUP, Esfuerzo Universitario Iberoamericano. http://journalmex.wordpress.com/2011/01/14/la-ridup-esfuerzo-universitario-iberoamericano-para-la-investigacion-cientifica/
Otros:
https://kevinsgallagher.com/4-platos-tipicos-de-inglaterra/
ResponderEliminarNo vamos a mentir; a los ingleses les encantan sus postres. Tanto es así que habría demasiados para mencionarlos aquí, así que hemos optado por lo que creemos que es el más tradicional de todos: el pan y el pudín de mantequilla.